Registro sanitario de Medicamentos

Planeamos la integración de toda la información requerida por parte de las Autoridades Sanitarias para su sometimiento en el tiempo requerido y para su adecuado cumplimiento con las leyes, reglamentos y normas emitidas por parte de las Autoridades.
Realizamos un análisis de las necesidades del cliente a fin de proporcionarle la atención más rápida y eficaz para la obtención del medicamento solicitado.

El registro sanitario, en los términos de la Ley General de Salud (Artículo 368), es una Autorización Sanitaria, con la cuál deberán contar los medicamentos, estupefacientes, substancias psicotrópicas y productos que los contengan.

Estos requieren contar con Registro Sanitario para poder ser fabricados, distribuidos, comercializados o usados en nuestro país; este registro es la autorización que el Gobierno Federal otorga una vez que el solicitante ha demostrado ante evidencias documentadas que el producto es seguro, eficaz y de calidad.

Clasificación de Medicamentos (Artículo 224), de acuerdo a su preparación

Medicamentos
Oficinales

Cuando la preparación se realice de acuerdo a las reglas de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos.

Medicamentos
Magistrales

Cuando sean preparados conforme a la fórmula prescrita por un médico.

Medicamentos
Especialidades farmacéuticas

Cuando sean preparados con fórmulas autorizadas por la Secretaría de Salud, en establecimientos de la industria químico-farmacéutica.

Clasificación de Medicamentos (Artículo 224), de acuerdo a su naturaleza

Medicamentos
Alopáticos

Toda substancia o mezcla de substancias de origen natural o sintético que tenga efecto terapéutico, preventivo o rehabilitatorio, que se presente en forma farmacéutica y se identifique como tal por su actividad farmacológica, características físicas, químicas y biológicas, y se encuentre registrado en la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos para medicamentos alopáticos.

Medicamentos
Homeopáticos

Toda sustancia o mezcla de sustancias de origen natural o sintético que tenga efecto terapéutico, preventivo o rehabilitatorio y que sea elaborado de acuerdo con los procedimientos de fabricación descritos en la Farmacopea Homeopática de los Estados Unidos Mexicanos, en las de otros países u otras fuentes de información científica nacional e internacional.

Medicamentos
Herbolarios

Los productos elaborados con material vegetal o algún derivado de éste, cuyo ingrediente principal es la parte aérea o subterránea de una planta o extractos y tinturas, así como jugos, resinas, aceites grasos y esenciales, presentados en forma farmacéutica, cuya eficacia terapéutica y seguridad ha sido confirmada científicamente en la literatura nacional o internacional.

Medicamentos
Genéricos

Se caracterizan por enfocarse en lo siguiente: Requisitos y criterios de intercambiabilidad, Relación de medicamentos de referencia y de susceptibles de incorporarse al catalogo de genéricos, pruebas de intercambiabilidad y pruebas especiales, además los Terceros Autorizados para la realización de las pruebas de intercambiabilidad.

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